Principal Agenda Politica TEEO ordena a IEEPCO expida constancia de representación proporcional a concejal electa de Juxtlahuaca

TEEO ordena a IEEPCO expida constancia de representación proporcional a concejal electa de Juxtlahuaca

Por Redaccion

Por Comunicado

Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 17 de diciembre de 2021.- En cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la sentencia del expediente SX-JDC-1549/2021; el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) expida la constancia de asignación por el principio de representación proporcional a Ariadna Natividad Sierra Vásquez, otrora candidata a segunda concejal propietaria por el Partido del Trabajo (PT) en el municipio de Santiago Juxtlahuaca.

En consecuencia, pidió que se deje sin efectos la constancia expedida al ciudadano Humberto López Martínez.

Mediante el Juicio para la Protección de Derechos Político Electorales del Ciudadano identificado con la clave: JDC/278/2021, las magistradas y el magistrado declararon fundado el agravio hecho valer por la actora, respecto a la omisión de entregarle la constancia.

Recordaron que, en el acta de sesión especial de cómputo municipal de la elección de concejalías al Ayuntamiento de Santiago Juxtlahuaca, de diez de junio de la presente anualidad, el Consejo Municipal Electoral, ordenó la entrega de la constancia de asignación de regidurías por el principio de representación proporcional a diversos ciudadanos y ciudadanas, entre ellas la actora.

Sin embargo, de autos se advierte que dicha autoridad expidió dicha constancia al ciudadano Humberto López Martínez.

Esta resolución advirtió que, la autoridad administrativa tenía la obligación de cumplir lo establecido en el acta de cómputo y expedir a la actora su constancia de asignación; pues dicha acta no fue controvertida dentro del plazo establecido para ello.

Por otro lado, el Pleno del TEEO declaró inexistente la violencia política por razón de género que adujo sufrir Sierra Vásquez, en atención que no se acreditan tres de los cinco elementos contemplados en el protocolo para atender dicha violencia.

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