Principal Agenda Politica Aprueba Parlamento local lineamientos para la elaboración y recepción de las Leyes de Ingresos Municipales 2026

Aprueba Parlamento local lineamientos para la elaboración y recepción de las Leyes de Ingresos Municipales 2026

Por Redaccion

* La medida fortalece la transparencia y eficiencia hacendaria

* Los 570 Ayuntamientos tienen hasta el último día del mes de noviembre de cada año para presentar su documentación al Poder Legislativo

* En estos Lineamientos se precisa información técnica, financiera y documental

Por Comunicado

San Raymundo Jalpan, Oax., a 24 de noviembre de 2025.- Con el firme compromiso de promover una administración pública más eficiente y responsable, fortalecer la transparencia, planeación y legalidad en esta materia, el Congreso del Estado aprobó en Sesión Ordinaria con 31 votos los Lineamientos para la Elaboración y Recepción de las Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2026.

El Proyecto de Acuerdo fue dictaminado por la Comisión Permanente de Hacienda, con el objetivo principal de brindar criterios, requisitos y formatos uniformes a los 570 Ayuntamientos del estado, para facilitar la presentación oportuna de sus iniciativas de Leyes de Ingresos.

Al respecto, el diputado que preside el órgano legislativo de Hacienda, Oliver López García, hizo el llamado a las autoridades municipales a cumplir con su responsabilidad ante la ciudadanía, y entregar en tiempo y en forma sus respectivas iniciativas.

En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 123 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, todos los municipios que integran la entidad deben elaborar sus proyectos de Leyes de Ingresos y presentarlas a esta Soberanía a más tardar el último día del mes de noviembre de cada año, en términos de la fracción I, apartado D, del artículo 43 del citado ordenamiento.

Entre los lineamientos se establece que este documento debe contar con un marco jurídico que especifique la legislación federal y estatal aplicable, como la Constitución Política Estatal, la Ley Orgánica Municipal, la Ley de Coordinación Fiscal, entre otros.

También se estipula que el Ayuntamiento deberá formular una política de ingresos congruente con el Plan Municipal de Desarrollo (PMD) orientada a incrementar la recaudación, actualizar padrones de contribuyentes y otorgar incentivos fiscales.

De igual forma este debe contar con una exposición de motivos que justifique el contexto económico y financiero del municipio, así como los Elementos de Contribuciones como Sujeto, Hecho Imponible, Base Imponible, Tasa o Tarifa, y Época de Pago.

Asimismo, se hace énfasis en la necesidad de justificar y motivar cualquier incremento de cuotas bajo criterios técnicos y socioeconómicos, anteponiendo los principios de equidad y proporcionalidad, y se prohíbe incluir conceptos que hayan sido declarados inconstitucionales.

Como parte de los documentos a entregar, se requiere la presentación de cinco anexos para verificar la congruencia con los objetivos y metas de recaudación, los cuales son los Objetivos, Estrategias y Metas de Ingresos; Proyección de Ingresos por Fuente; Resultados de Ingresos; Clasificador por Rubro de Ingreso; y Calendario de Ingresos Base Mensual.

Cabe destacar que el estado es la entidad federativa con el mayor número de municipios en el país al contar con 570, los cuales se dividen en 418 por el régimen de Sistemas Normativos Indígenas (SNI) y 152 mediante el sistema de Partidos Políticos, así como,  división administrativa conformada por 30 distritos.

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