
* Se busca garantizar una investigación eficaz, evitar la impunidad y la revictimización de las víctimas directas e indirectas
Por comunicado.
*San Raymundo Jalpan, Oax., a 16 de enero de 2026.-* Diputadas y diputados de la LXVI Legislatura del Congreso del Estado aprobaron, de Urgente y Obvia Resolución, una Proposición con Punto de Acuerdo para exhortar al titular de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO), José Bernardo Rodríguez Alamilla, a que todas las carpetas de investigación relacionadas con muertes violentas de mujeres en la entidad sean investigadas desde su inicio bajo la hipótesis del delito de feminicidio.
El exhorto, impulsado por la diputada Concepción Rueda Gómez, tiene como objetivo garantizar el acceso a la justicia, fortalecer la debida diligencia y combatir la impunidad en los delitos cometidos contra las mujeres.
En este sentido, se busca que las investigaciones se realicen con perspectiva de género, debida diligencia y enfoque de derechos humanos, atendiendo los criterios obligatorios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Asimismo, se plantea que únicamente después de un análisis técnico, objetivo y libre de estereotipos se pueda determinar si los hechos no configuran el delito de feminicidio, garantizando con ello investigaciones exhaustivas y eficaces.
También se subraya la necesidad de fortalecer las instituciones encargadas de la procuración de justicia, con el fin de asegurar el esclarecimiento de los hechos, la verdad y la reparación integral del daño a las víctimas indirectas, como una medida fundamental para erradicar la impunidad y prevenir la revictimización.
Durante la exposición de motivos, la legisladora promovente fundamentó su propuesta en diversos criterios constitucionales y legales. Entre ellos, destacó el artículo 1° de la Constitución Política de México, en el que se establece la obligación de todas las autoridades a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, así como el artículo 21, en el que se atribuye al Ministerio Público la investigación de los delitos con apego a la legalidad y al respeto de los derechos humanos.
De igual forma, citó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 7, fracciones I, III y V, en el que se reconoce la violencia feminicida como la forma extrema de violencia contra las mujeres, y el artículo 26, en el que se establece que las autoridades deberán investigar y sancionar la violencia contra las mujeres con perspectiva de género, eliminando estereotipos y prácticas discriminatorias.
La propuesta también retomó criterios obligatorios emitidos por la SCJN, particularmente el establecido en el caso Mariana Lima Buendía, que ordena investigar toda muerte violenta de una mujer como feminicidio desde su inicio, así como los estándares fijados por la Corte IDH (“Campo Algodonero”), en la que los estados tienen la obligación de investigar con perspectiva de género las muertes violentas de mujeres, como parte del deber de debida diligencia.
