Principal Agenda Politica Javier Casique Zárate presenta iniciativa para fortalecer la legislación en materia de Revocación de Mandato

Javier Casique Zárate presenta iniciativa para fortalecer la legislación en materia de Revocación de Mandato

Por Redaccion

* La Iniciativa de Ley busca perfeccionar el diseño institucional del procedimiento a nivel local y prevenir inconsistencias normativas

* Se busca reducir los plazos para la recolección de firmas, verificación de apoyos y la emisión de la convocatoria

* También se propone el uso de medios electrónicos para recolección de firmas

Por Comunicado

San Raymundo Jalpan, Oax., a 30 de julio de 2025.- Con el propósito de reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política de Oaxaca y la Ley de Revocación de Mandato del Estado, el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Javier Casique Zárate presentó al Parlamento de Oaxaca dos Proyectos de Decreto para fortalecer este mecanismo, como una herramienta legítima de democracia participativa y consolidar un marco constitucional que sea coherente y funcional.

“El propósito es dotar al Congreso local de herramientas normativas más eficaces, que permitan ajustar los procedimientos a un modelo más accesible y alineado con la experiencia nacional”, subrayó.

El legislador externó que la existencia de la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Oaxaca publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 30 de enero de 2023, representa un paso relevante hacia la consolidación de una cultura democrática más incluyente, en donde las y los oaxaqueños cuentan con instrumentos para evaluar, exigir rendición de cuentas y en su caso, solicitar la conclusión anticipada del mandato de quienes resulten electos.

Por ello, consideró indispensable llevar a cabo un proceso de armonización constitucional que permita establecer bases sólidas, uniformes y coherentes para el desarrollo de una legislación clara y funcional, asimismo, garantizar la efectiva aplicación de este derecho ciudadano y el fortalecimiento de los principios democráticos que lo sustentan.

En este sentido precisó que sus propuestas de ley plantean de manera específica modificaciones en la organización, los plazos procedimentales e implementación de este mecanismo de democracia directa, siendo las adecuaciones principales las siguientes:

Respecto al plazo para presentar la solicitud establecido de tres meses posteriores al tercer año, se reduce a un mes; en cuanto al proceso de recabación de firmas, podrá realizarse durante el mes previo a la solicitud de revocación de mandato; en Medios de Recolección, además de los formatos impresos se incorporan medios electrónicos; en los Plazos de Verificación de los nombres de quienes hayan suscrito la petición de revocación y los porcentajes requeridos, se realizará en un plazo de diez días naturales; la Emisión de la Convocatoria, se plantea que sea dentro de los tres días posteriores; y respecto a la Fecha de Votación, se propone que se realice el domingo siguiente a los 30 días posteriores a la emisión de la convocatoria.

Casique Zárate mencionó que es jurídicamente válido que esta Soberanía realice dichas adecuaciones para salvaguardar el derecho al sufragio de las y los oaxaqueños, al suprimir las antinomias legales y esclarecer las ambigüedades existentes.

“Con estas adecuaciones se garantizará que el derecho a la revocación de mandato pueda ejercerse en condiciones de certeza, legalidad y transparencia, evitando dilaciones innecesarias y fortaleciendo la confianza ciudadana en las instituciones”, puntualizó.

Además, refirió que representa un paso firme hacia la consolidación de una democracia participativa más efectiva y auténticamente ciudadana en Oaxaca.

El Proyecto de Ley establece reformar el párrafo primero del inciso a), los párrafos primero y segundo del inciso b), el primer párrafo del inciso c); la adición de un párrafo tercero y cuarto al inciso b), y se deroga el párrafo segundo del inciso a) del artículo 25, Apartado C, fracción III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

También plantea modificaciones a los artículos 9, los párrafos primero y segundo del 11, la fracción V del 19, 22, 28 y segundo párrafo del 40 de la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Oaxaca.

La Iniciativa de Ley fue turnada por la Mesa Directiva para su análisis y dictamen a las Comisiones Permanentes de Estudios Constitucionales; y de Democracia y Participación Ciudadana.

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