
Por comunicado.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 02 de abril de 2026.- En sesión pública jurisdiccional urgente, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó no válidas las elecciones municipales de Santa Cruz Acatepec y Santiago Xanica, pertenecientes al régimen de Sistemas Normativos Indígenas, al revocar dos acuerdos del Consejo General del IEEPCO.
Primeramente, el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-433/2025 correspondiente a la calificación del proceso de elección del Ayuntamiento de Santa Cruz Acatepec, ello, al no existir certeza de la verificación de la asamblea, puesto que la mayoría de integrantes del Consejo Municipal Electoral sostienen que la asamblea no fue instalada por falta de condiciones; así también, al advertir que el cómputo de la votación no se llevó a cabo. En ese sentido, resultó evidente para la mayoría de integrantes del pleno que se suscitó la ruptura de la asamblea por causa de diversos desacuerdos, entre ellos, la definición de quiénes tenían derecho para votar.
En un segundo momento, el Tribunal revocó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-416/2025 correspondiente a la elección del Ayuntamiento de Santiago Xanica. Lo anterior, por no haberse garantizado el derecho de votar y ser votado de todas las comunidades integrantes del municipio, tal como ha ocurrido desde 2010. El TEEO concluyó que esa exclusión es suficiente para revocar el acuerdo impugnado.
Durante la sesión, el Pleno resolvió un total de siete medios de impugnación. Dos Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de los Sistemas Normativos Internos (JDCI), un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC), y cuatro Juicios Electorales de los Sistemas Normativos Internos (JNI).
