Principal Agenda Politica TEEO revoca acuerdo de validez de elección municipal de Santa María Apazco.

TEEO revoca acuerdo de validez de elección municipal de Santa María Apazco.

Por Redaccion

 

Por comunicado.  

 

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, 24 de enero de 2026.- El Tribunal Electoral de Estado de Oaxaca (TEEO), revocó el acuerdo por el que el Instituto Electoral validó la elección del Ayuntamiento de Santa María Apazco.

 

El TEEO celebró sesión pública en la que resolvió el Juicio Electoral de los Sistemas Normativos Internos identificado con la clave: JNI/22/2026 y acumulados; mediante el cual ciudadanos del municipio de Santa María Apazco, se inconformaron contra el acuerdo del Consejo General del IEEPCO que declaró jurídicamente válida la elección ordinaria del Ayuntamiento.

 

Al observar que no existió una convocatoria válida y eficaz para la integración del Comité Electoral Comunitario, así como tampoco se convocó a la Asamblea General Comunitaria como lo exige el método de elección de Santa María Apazco, el TEEO revocó el acuerdo impugnado para efecto de verificar una elección extraordinaria en la que se elegirá a las Concejalías para el período 2026-2028.

 

Durante la sesión fueron resueltos: dos Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía (JDC), siete Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de los Sistemas Normativos Internos (JDCI), un Procedimiento Especial Sancionador (PES) y un Juicio Electoral de los Sistemas Normativos Internos.

 

Entre lo resuelto en la Sesión, en el expediente PES/22/2025, se determinó la inexistencia de la violencia política contra las mujeres por razón de género, al no acreditarse elementos de género, ni afectación a los derechos político-electorales de la denunciante.

 

En otro asunto, identificado con la clave JDC/16/2026, se vinculó al Consejo General para que, en un próximo procedimiento de revocación de mandato y con la debida anticipación, realice las gestiones institucionales necesarias ante el INE, a fin de analizar y, en su caso, implementar mecanismos que permitan la participación de personas residentes en el extranjero.

 

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