Finalmente, el Instituto Electoral local aprobó el acuerdo IEEPCO-CG-05/2021, por el que se aprueban los Lineamientos para que el Instituto ejerza la facultad de atracción, ello, en función de la LIPEEO, que establece que es atribución del Consejo General el atraer total o parcialmente las facultades y atribuciones de los órganos desconcentrados en los que estimen necesarios para garantizar el adecuado desarrollo del proceso electoral local.