Principal Agenda Politica Modifica TEEO acuerdo de asamblea de San Pedro Mártir Yucuxaco y restituye derecho a votar a personas adultas mayores, con discapacidad y mujeres que no son jefas de familia

Modifica TEEO acuerdo de asamblea de San Pedro Mártir Yucuxaco y restituye derecho a votar a personas adultas mayores, con discapacidad y mujeres que no son jefas de familia

Por Redaccion

Por Comunicado

Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 9 de agosto de 2023.- En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) modificó el acuerdo de asamblea que condicionaba el ejercicio del voto y de ser votados, en el municipio de San Pedro Mártir Yucuxaco.

A través de la resolución de los juicios de la ciudadanía 78, 79, 80, 81 y 82, todos de 2023; aprobada por unanimidad, restituyó en sus derechos a las personas adultas mayores, ciudadanas y ciudadanos con discapacidad, y mujeres que no son jefas de familia; para que puedan participar en la designación de sus autoridades municipales.

Pobladores originarios de San Pedro Mártir Yucuxaco impugnaron el acuerdo tomado en la Asamblea General Extraordinaria de Consulta, celebrada el 23 de julio pasado, en la que se determinó que únicamente las personas “activas, mayores de dieciocho años de edad, originarios del citado municipio; tenían derecho de votar y ser votados para la elección extraordinaria de concejales, para el periodo comprendido del 2023-2025.

Este Tribunal señaló que esta determinación, si bien proviene de la expresión mayoritaria de las personas que integraron la Asamblea General Comunitaria, lo cierto es que esta propicia una exclusión injustificada de la ciudadanía indígena, que en nada privilegia la pertenencia a la comunidad, ni fortalece las relaciones de solidaridad entre sus integrantes, ni el respeto y la conservación de su cultura.

Advirtió que se otorgaba el derecho al ejercicio del voto y de ser votados a las personas que obtengan el estatus de activo, refiriéndose, a las ciudadanas y ciudadanos que han prestado servicio comunitario, a las y los que aportan cooperación económica y los que son jefe o jefa de familia.

En consecuencia, el TEEO ordenó al Comisionado emita la convocatoria correspondiente, exceptuando la aplicación del acuerdo a las personas mencionadas.

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