Por Comunicado
San Raymundo Jalpan, Oaxaca., 01 abril 2016.- La legisladora Juanita Arcelia Cruz Cruz, presentó al Pleno de la LXII Legislatura la reforma al artículo 67 del Código Civil para el Estado de Oaxaca, la cual pretende acortar los plazos de registro de nacimiento respecto de la obligatoriedad que recae en los progenitores, para brindar una mayor protección y velar por el derecho de identidad de las niñas y niños de Oaxaca.
En su exposición de motivos, la diputada integrante de la Fracción Parlamentaria del PRD, subrayó que la carencia de registro y acta de nacimiento constituyen un grave factor de exclusión y discriminación.
Cruz Cruz, señaló que desde su nacimiento, el niño o niña tiene derecho a tener un nombre y un apellido. Todo niño debe ser registrado inmediatamente después de su nacimiento, ya que los padres tienen la obligación de informar el nombre, el apellido y la fecha de nacimiento del recién nacido.
La representante popular afirmó que en la mayoría de los códigos civiles estatales, incluyendo el de Oaxaca, se ha establecido un plazo de 180 días como máximo para el registro de un nacimiento; sin embargo, manifestó, en otros Estados como Zacatecas, Guanajuato, Guerrero, Nuevo León, Campeche y Quintana Roo los plazos y periodos oscilan entre los 92 y 30 días.
Por ello, la iniciativa propone la obligación de que el padre o la madre dentro de los 60 días de ocurrido el nacimiento, el menor sea registrado. Si el menor no es registrado dentro de este plazo, hasta los seis años, se aplicará una multa de uno a 10 días de salario mínimo a los responsables.
Después de transcurrido este plazo, el registro se considerará extemporáneo y se realizará previa autorización emitida en los términos establecidos por el reglamento del Registro Civil, la multa que se aplicará en este caso será de 10 a 25 salarios mínimos.
La iniciativa con Proyecto de Decreto fue turnada a la Comisión Permanente de Administración de Justicia.