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Deberá SFP publicar datos de funcionarios públicos corruptos

Por Redaccion

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Ciudad de México.- La Secretaría de la Función Pública (SFP) debe proporcionar los nombres de los funcionarios públicos sujetos a proceso por corrupción, número de denuncias penales presentadas, el tipo de delito y la fecha, especificando si se implementaron sanciones administrativas; daño ocasionado al erario, en pesos y centavos; el cargo del servidor y cuántos fueron ya sentenciados.

Sin embargo, precisó que no se proporcionaran los nombres de aquellos que al concluir el juicio fueron absueltos. En relación a las denuncias penales interpuestas por la SFP ante la Procuraduría General de la República (PGR), proporcionará el nombre de los servidores públicos en los casos en que exista una sentencia firme condenatoria.

El caso fue turnado a la comisionada Areli Cano, quien resaltó, en sesión pública, que “el combate a la corrupción se ha posicionado desde hace varios años como un elemento relevante en la agenda mundial.

“Principalmente porque ésta afecta a la democracia, acentúa las desigualdades y representa pérdida de recursos para los gobiernos, mismos que podrían destinarse a mejorar el bienestar y garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas”.

Recordó, con datos del Índice de Percepción de la Corrupción 2014, que “México se coloca en el puesto 103, con una calificación de 35 puntos en la escala de cero a 100, lo que representa el último lugar en esta materia en relación con los países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)”.

Advirtió que “del Reglamento Interior de la SFP se desprende que su Unidad de Asuntos Jurídicos tiene la atribución de coadyuvar con el Ministerio Público, por lo que es competente para conocer de la solicitud de información”.

Y en cuanto a los servidores con sentencia firme condenatoria, se concluyó que “existe un interés público por identificar a aquellos que en el ejercicio de sus funciones cometieron algún delito.

“Ya que, al provenir sus remuneraciones del erario, deben estar sujetos al escrutinio de la sociedad, respecto de la forma en que desempeñaron el quehacer que les fue encomendado”, por lo que se instruyó la entrega de la información solicitada, debiendo advertir los casos en que exista sanción administrativa”.

Todo lo anterior, derivado del recurso de revisión interpuesto por una particular, quien había requerido la información adicional al número, fecha y motivo de las denuncias, especificando si se implementaron sanciones administrativas, daño ocasionado al erario y detallar el cargo del servidor público, tanto de sentenciados como de absueltos.

Ante la petición, la SFP proporcionó al particular la dependencia del Gobierno local, fecha de denuncia, monto del daño al erario público, así como el cargo del funcionario respectivo, motivo por el cual el solicitante consideró que la respuesta era incompleta.

(MEDIOTIEMPO)

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