Principal Agenda Politica TEEO ordena a Oaxaca de Juárez convocar y realizar sesiones abiertas de cabildo.

TEEO ordena a Oaxaca de Juárez convocar y realizar sesiones abiertas de cabildo.

Por Redaccion

Por Comunicado

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 21 de mayo de 2026.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca ordenó al Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez convocar y realizar sesiones abiertas de cabildo, para garantizar el derecho de la ciudadanía a participar directamente con derecho a voz e intervenir en los asuntos que afectan a su colonia, barrio, agencia o comunidad. Ello, al resolver el juicio identificado como JDPC/01/2026.

Al analizar dos juicios de ex militantes del extinto Partido Unidad Popular (PUP) en los que se impugnaron laudos, procesos de ejecución y listas definitivas de créditos dentro del proceso de liquidación del mencionado partido, el TEEO se declaró incompetente por tratarse de materia laboral y no una afectación a derechos político electorales, dejando a salvo sus derechos.

El Pleno desechó dos medios de impugnación en los que se reclamó la falta de acreditaciones como autoridades auxiliares. El primero de ellos, correspondiente a la Agencia de Policía Manialtepec perteneciente a San Juan Quitepec; el segundo de ellos, de la Agencia Municipal de Guadalupe Victoria perteneciente a San Juan Juquila Mixe. En ambos casos, previo a resolver, se observó que ya habían sido reconocidos con el carácter reclamado.

En otro asunto, relacionado a la omisión del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) de dar respuesta a una solicitud de emisión de lineamientos para garantizar el derecho al voto de las personas en prisión preventiva, el TEEO ordenó al IEEPCO que, en el ámbito de sus atribuciones, emita una respuesta fundada y motivada.

En cuanto a seis juicios promovidos por integrantes y suplentes del ayuntamiento de Zapotitlán Palmas en los que reclamaron la obstrucción al ejercicio del cargo para el que fueron electos para el período 2023-2025 derivado de la falta del pago de dietas, el Tribunal se declaró incompetente debido a que mediante decreto 687, el Congreso del Estado de Oaxaca declaró procedente la suspensión del citado Ayuntamiento, con lo que las personas promoventes dejaron de ostentar los cargos de elección popular con los que comparecieron a juicio y en consecuencia no subsistió un vínculo jurídico-electoral susceptible de tutela.

Los proyectos analizados y resueltos en esta sesión, fueron: ocho Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos (JDCI), tres Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC) y un Juicio para la Protección de los Derechos de Participación Ciudadana (JDPC).

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