Principal Capital Aprueba Congreso local Lineamientos para Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales del Ejercicio Fiscal 2027

Aprueba Congreso local Lineamientos para Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales del Ejercicio Fiscal 2027

Por Redaccion

 

* Las disposiciones establecen los criterios técnicos que orientarán a los 570 Ayuntamientos en la justificación de sus cobros y el ajuste de sus cuotas conforme a la inflación

 

Por comunicado. 

 

San Raymundo Jalpan, Oax., a 08 de septiembre de 2026.-* El Congreso del Estado aprobó los Lineamientos para la Elaboración, Presentación, Recepción, Análisis y Dictaminación de las Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2027, que permiten proveer a las autoridades municipales de un marco normativo, técnico y procedimental homogéneo para la formulación de sus proyectos hacendarios.

 

En Sesión Ordinaria, la LXVI Legislatura aprobó el Punto de Acuerdo de Urgente y Obvia Resolución, propuesto por la Comisión Permanente de Hacienda, a fin de garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, eficiencia, proporcionalidad, equidad, transparencia y responsabilidad fiscal en el estado.

 

El documento señala que la entidad cuenta con una división administrativa de 570 municipios, de los cuales 418 están regidos bajo Sistemas Normativos Indígenas (SNI) y 152 por partidos políticos, por lo que resulta indispensable estandarizar los requisitos para orientar oportunamente a las autoridades locales en el cumplimiento de sus obligaciones legales.

 

Dentro de las directrices fijadas en dicha normativa se establece expresamente que los incrementos propuestos a cuotas, tasas o tarifas deberán tomar como referencia los indicadores económicos oficiales y la inflación proyectada. En caso de plantear aumentos superiores al índice inflacionario o la creación de nuevas contribuciones, las autoridades municipales estarán obligadas a presentar la justificación técnica, financiera, jurídica y social correspondiente.

 

Asimismo, las reglas prohíben estrictamente la inclusión de conceptos de cobro o figuras tributarias que hayan sido declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como cobros duplicados o invasión de competencias federales y estatales.

 

Estipulan, además, que las iniciativas deberán integrarse con una Exposición de Motivos debidamente fundamentada, su respectivo articulado y cinco anexos de información complementaria alineados a las normas del Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac).

 

El acuerdo prevé que las solicitudes sean presentadas dentro de los plazos constitucionales y legales en tres tantos impresos originales y en versiones digitales editables. La entrega extemporánea o el incumplimiento de los requisitos normativos vigentes será motivo para que el órgano legislativo de Hacienda no proceda a su dictaminación, manteniéndose aplicable para el ejercicio en curso la Ley de Ingresos inmediata anterior publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

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