
* Las disposiciones establecen los criterios técnicos que orientarán a los 570 Ayuntamientos en la justificación de sus cobros y el ajuste de sus cuotas conforme a la inflación
Por comunicado.
San Raymundo Jalpan, Oax., a 08 de septiembre de 2026.-* El Congreso del Estado aprobó los Lineamientos para la Elaboración, Presentación, Recepción, Análisis y Dictaminación de las Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2027, que permiten proveer a las autoridades municipales de un marco normativo, técnico y procedimental homogéneo para la formulación de sus proyectos hacendarios.
En Sesión Ordinaria, la LXVI Legislatura aprobó el Punto de Acuerdo de Urgente y Obvia Resolución, propuesto por la Comisión Permanente de Hacienda, a fin de garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, eficiencia, proporcionalidad, equidad, transparencia y responsabilidad fiscal en el estado.
El documento señala que la entidad cuenta con una división administrativa de 570 municipios, de los cuales 418 están regidos bajo Sistemas Normativos Indígenas (SNI) y 152 por partidos políticos, por lo que resulta indispensable estandarizar los requisitos para orientar oportunamente a las autoridades locales en el cumplimiento de sus obligaciones legales.
Dentro de las directrices fijadas en dicha normativa se establece expresamente que los incrementos propuestos a cuotas, tasas o tarifas deberán tomar como referencia los indicadores económicos oficiales y la inflación proyectada. En caso de plantear aumentos superiores al índice inflacionario o la creación de nuevas contribuciones, las autoridades municipales estarán obligadas a presentar la justificación técnica, financiera, jurídica y social correspondiente.
Asimismo, las reglas prohíben estrictamente la inclusión de conceptos de cobro o figuras tributarias que hayan sido declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como cobros duplicados o invasión de competencias federales y estatales.
Estipulan, además, que las iniciativas deberán integrarse con una Exposición de Motivos debidamente fundamentada, su respectivo articulado y cinco anexos de información complementaria alineados a las normas del Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac).
El acuerdo prevé que las solicitudes sean presentadas dentro de los plazos constitucionales y legales en tres tantos impresos originales y en versiones digitales editables. La entrega extemporánea o el incumplimiento de los requisitos normativos vigentes será motivo para que el órgano legislativo de Hacienda no proceda a su dictaminación, manteniéndose aplicable para el ejercicio en curso la Ley de Ingresos inmediata anterior publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
