Principal Nacional Retiro de spots del PRD, sin fundamento: TEPJF

Retiro de spots del PRD, sin fundamento: TEPJF

Por ere_tigger

TEPJF

Ciudad de México

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que la decisión de la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) de suspender la difusión del promocional del PRD «Queremos ser tu voz» no fue debidamente fundamentada.

 

Sin embargo, los magistrados de la Sala Superior coincidieron en que la medida de suspensión que determinó el INE para el spot donde aparece el periodista Joaquín López Dóriga debe mantenerse hasta que se resuelva definitivamente el caso.

De acuerdo con los magistrados la autoridad electoral tomó la determinación mencionada sin ponderar, de manera adecuada, si el promocional contiene elementos que podrían configurar una calumnia en contra del periodista

En el proyecto se establece que esta afectación a Lopez Dóriga no es idónea y puntual, ya que de acuerdo a las actividades que desempeña corresponde el ejercicio de la libertad de expresión, asimismo se estima que tampoco se profundizó si la difusión del promocional se realiza en el contexto del actual proceso electoral que se desarrolla en nuestro país.

También consideraron que era exigible que la autoridad responsable ponderara si la inserción de la imagen del periodista en el promocional, que se difunde en los tiempos en radio y televisión otorgadas por el Estado al PRD, está o no relacionada con las actividades que despliega con motivo del ejercicio de su profesión.

La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa señaló la autoridad administrativa debe hacer una revisión del contenido de los promocionales, en el cual se considere la calidad de periodista, así como la definición de calumnia prevista en la ley.

Por ello, advirtió que no se está resolviendo el fondo y que no se puede hacer en ese momento, hasta en tanto la autoridad electoral de argumentos congruentes que funden y motiven la determinación de retirar o mantener un promocional.

En su oportunidad el magistrado Manuel González Oropeza precisó que la resolución aprobada por la Sala Superior no representa un pronunciamiento sobre el fondo de la queja promovida por el comunicador en contra del spot, pues ese proceso se deberá agotar en el INE.

En tanto que el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, que al devolver el asunto, le da la oportunidad al INE de ratificar su resolución con base en los lineamientos establecidos en la ley, debido a que la fundamentación y motivación que realizó no son acordes al caso concreto.

 

Suspensión de spot donde aparece Moreno Valle

Por otra parte el órgano jurisdiccional confirmó las medidas cautelares del INE, a través de las cuales se ordenó la suspensión de la difusión de dos promocionales de televisión y radio del PAN, en los cuales se alude al gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle.

A decir de los magistrados, la autoridad administrativa electoral actuó correctamente al tomar en cuenta que tanto la posible promoción personalizada del servidor público, como la difusión de los anuncios durante el desarrollo de las precampañas federales y de los comicios locales, podría afectar la equidad en los mismos.

 

 

Related Articles