Principal Agenda Politica Reforma Congreso del Estado para fortalecer la cultura de la prevención y la capacitación ciudadana para reducir riesgos ante emergencias y desastres

Reforma Congreso del Estado para fortalecer la cultura de la prevención y la capacitación ciudadana para reducir riesgos ante emergencias y desastres

Por Redaccion

 

La reforma a la Ley de Protección Civil incorpora medidas de atención a grupos en situación de vulnerabilidad y los procesos de reubicación comunitaria

 

Por comunicado.  

 

San Raymundo Jalpan, Oax., a 17 de septiembre de 2026.-* Para fortalecer las capacidades de prevención y autoprotección de los grupos en situación de vulnerabilidad, el Congreso local aprobó una reforma a la Ley de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos de Desastres para el Estado de Oaxaca, con el propósito de establecer la obligatoriedad de diseñar programas de prevención adaptados a sectores en situación de vulnerabilidad, así como lineamientos institucionales para llevar a cabo procesos de reubicación comunitaria dignos, informados y participativos.

 

El dictamen, elaborado por la Comisión Permanente de Seguridad Pública y Protección Civil a partir de la iniciativa presentada por el diputado Isaac López López, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, reforma la fracción II del artículo 80 y adiciona el artículo 109 Bis de la respectiva Ley.

 

La medida contempla que la Coordinación Estatal de Protección Civil y Gestión de Riesgos (CEPCyGR), en conjunto con las instancias competentes, diseñe e imparta capacitaciones con materiales accesibles y metodologías culturalmente pertinentes para grupos en situación de vulnerabilidad, priorizando la equidad, la accesibilidad y el respeto a la diversidad cultural. Estas acciones abordarán temas como primeros auxilios, seguridad en el hogar y la comunidad, rutas de evacuación, comunicación de alertas, uso de refugios temporales y organización comunitaria.

 

Asimismo, los programas deberán contemplar materiales accesibles y metodologías adaptadas a las condiciones específicas de las personas y comunidades destinatarias, a fin de garantizar la inclusión, la equidad, la accesibilidad y el respeto a la diversidad cultural. De igual forma, el marco legal incorpora que el plan de reubicación deberá formularse y ejecutarse mediante un proceso digno, informado y participativo cuando, con base en los estudios de riesgo correspondientes, la autoridad competente determine que un asentamiento humano debe ser reubicado.

 

Además, la medida señala que el Gobierno del Estado, por conducto de las dependencias competentes en materia de protección civil, vivienda, bienestar, salud, educación, infraestructura y desarrollo económico, y en coordinación con las autoridades municipales y, en su caso, federales, deberá garantizar que dicho proceso contemple, por lo menos, la información oportuna, la consulta y la participación activa de las personas y comunidades afectadas durante la planeación, ejecución y seguimiento de la reubicación.

 

La disposición precisa que, cuando los procesos de reubicación afecten a pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, se respetarán su cohesión social y sus tradiciones, garantizando además el cumplimiento estricto de los marcos constitucionales e internacionales en materia de consulta previa, consentimiento e indemnización.

 

El órgano legislativo fundamentó el sentido favorable del dictamen, toda vez que la propuesta fortalece el enfoque preventivo e incluyente de la protección civil, transforma la atención prioritaria de los grupos en situación de vulnerabilidad en acciones concretas de capacitación y establece las condiciones mínimas para una reubicación digna, informada y participativa.

 

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