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Actual administración del IEBO cumple con demandas sindicales 2016

Por Redaccion

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Mediante un comunicado el IEBO (Instituto De Estudios De Bachillerato Del Estado De Oaxaca),  informa que en atención a las instrucciones del gobernador del estado, maestro Alejandro Murat Hinojosa, al momento se ha dado puntual cumplimiento al pliego petitorio 2016, con las demandas del sindicato del instituto.
Se informa que al inicio de la presente administración encabezada por el Mtro. Alejandro Murat Hinojosa, el IEBO enfrentó un sinnúmero de problemas que no habían sido atendidos en años anteriores, rezagos en materia: económica, administrativa y pedagógica.
Por medio del mismo comunicado, señala que en el mes de febrero de 2017 fue recibido el emplazamiento a huelga con una serie de demandas; de índole económico y administrativo equivalentes al 90 % de las peticiones, y un 10% restante correspondiente a demandas de carácter académico-laboral.
La titular del IEBO licenciada Lucia Raquel Alberto Marín, explica que algunos de los temas de mayor relevancia incumplidos por la anterior administración, fueron el pago de renta de edificios, pagos de seguros de vida y entrega de uniformes correspondientes al ejercicio 2016.
De igual forma, no se atendió debidamente la Capacitación y Profesionalización de la Práctica Docente y los pagos de estímulos por la asistencia a Cursos de Formación y Actualización Docente.
La directiva del IEBO asegura que hoy día, todas y cada una de las violaciones y omisiones en que incurrió la administración anterior, específicamente en el 2016, primordialmente de índole económico, han sido cubiertas al 100 %, por indicación expresa del Gobernador Alejandro Murat Hinojosa; muestra de ello, es la mejora salarial aprobada, gestionada desde mayo del 2017 por la presente administración, y que ha sido cumplida al 100%, incluyendo el retroactivo al mes de enero, con lo que se satisfizo la demanda sindical, de forma total, y en tiempo y forma.

En lo que respecta a las demandas sindicales de índole académico-laboral, donde se solicita la promoción de Asesores Académicos del IEBO, el instituto señala que, en ese caso, se debe remitir a la observancia de la entrada en vigor en 2013 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, por lo que las promociones serán atendidas conforme a las normas dictadas en la materia y de ninguna otra manera, pues de hacerlo sin atender a la legalidad, cualquier promoción de ese tipo seria nula de hecho y de derecho.

Además, agrega Alberto Marín que, la Secretaría de Educación Pública ha publicado que subsistemas como los Centros EMSaD, Telebachillerato Comunitario y el IEBO serán sujetos de evaluación hasta el 2018.

Sin embargo, en atención a las instrucciones del Gobernador del Estado, y dado que nuestro subsistema no es candidato a la evaluación del Desempeño para la promoción docente por categorías, toda vez que no existen el documento “Perfiles, Parámetros e Indicadores” para subsistemas similares al IEBO, la Dirección General ha gestionado ante la Sub Secretaría de Educación Media Superior y la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, alternativas para dar respuesta a las violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo 2016 y se han establecido comisiones mixtas para la elaboración de una propuesta viable para que este proceso sea dado, en el marco legal correspondiente y logre atender de la mejor manera posible, el pliego petitorio 2016 del sindicato del IEBO.

La directora del IEBO, , licenciada Lucia Raquel Alberto Marín, asegura también, que la presente administración tiene la indicación del Mtro. Alejandro Murat Hinojosa de ser respetuosos de la Ley, y que ninguna acción deberá estar al margen de la misma, por lo que se trabaja intensamente a fin de crear el vínculo con la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente y lograr con ello, dar cumplimiento a las demandas de los trabajadores académicos del Instituto.
Por lo que se exhorta a los trabajadores del Instituto a no caer en confusiones ni informaciones erróneas, toda vez no hay razón ni motivo fundado para en este tipo de acciones. Ya que a la fecha el pliego petitorio emitido por el SUTIEBO se ha cumplido en su totalidad.

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